Mancomunidad 150 Pueblos

Bienes de comunal uso en la Tierra de Soria en el siglo XVIII

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Revsita de Soria dedicada a Mancomunidad 150 PueblosEn otoño de 1999 publicaba la Diputación el número 26 de la segunda época de su Revista de Soria, dedicada a la Mancomunidad de lso 150 Pueblos. En este monográfico se incluía el ensayo “La evolución del patrimonio de la Mancomunidad de los 150 Pueblos de la Tierra de Soria durante el siglo XIX” redactado por Emilio Pérez Romero, a la sazón Doctor en Historia y Profesor de Enseñanza Secundaria ( Historia Económica en la Universidad Alfonso X El Sabio de Madrid). Su actividad investigadora se había orientado preferentemente hacia el estudio de la ganadería trashumante y de la Mesta, tema de su Tesis Doctoral, leída en la Universidad de Zaragoza y publicada por la Junta de Castilla y León (1995) con el título Patrimonios comunales, ganadería trashumante y sociedad en la Tierra de Soria (siglos XVIII-XIX). Sobre este mismo tema había publicado diversos artículos en revistas especializadas y libros colectivos.

De este artículo transcribimos parte de la introducción y el primer apartado.

LOS BIENES DE COMÚN APROVECHAMIENTO AYUNTAMIENTO DE SORIA-MANCOMUNIDAD 150 PUEBLOS EN EL SIGLO XVIII

EMILIO PÉREZ ROMERO

 

En la actualidad, el patrimonio territorial de la Mancomunidad [y Ayuntamiento de Soria, al 50 % en propiedad] lo constituyen 13 montes con una superficie total de 29.071 hectáreas. Este patrimonio procede, en última instancia, de los bienes de común aprovechamiento de la antigua Comunidad medieval de villa y Tierra [de Soria]. Esas 29.000 hectáreas son, sin duda, sólo un resto, un residuo de un patrimonio originalmente mucho mayor.

mapa montes de Soria y Mancomunidad 150 Pueblos

¿Cómo fue de grande, históricamente, ese patrimonio común? Esta es una pregunta difícil de contestar. La primera y casi única fuente documental que nos permite ensayar una aproximación cuantitativa es el Catastro de Ensenada, elaborado a mediados del siglo XVIII. Y digo que sólo nos permite ensayar una aproximación, primero porque sus mediciones distan de ser exactas y, segundo, porque las estimaciones que podamos hacer, a través del Catastro de Ensenada, de dicho patrimonio dependen de cómo lo definamos y, en consecuencia, de lo que incluyamos en él. Si por patrimonio común de ciudad y Tierra entendemos todas aquellas superficies que no eran de propiedad particular ni de dominio concejil y que, por tanto, estaban permanentemente abiertas al aprovechamiento libre y gratuito de todos los vecinos, independientemente de su lugar de residencia, dicho patrimonio habría que situarlo en torno a las 120.000 hectáreas que era lo que sumaban todos los baldíos y despoblados de la jurisdicción: 120.000 hectáreas de patrimonio común que vendrían a representar en torno al 40 por 100 de la superficie total de la Tierra de Soria (…)

Aunque legalmente la titularidad de esas tierras correspondía a la Corona -por lo que también recibían la denominación de realengos esta condición jurídica apenas tenía trascendencia a efectos de su aprovechamiento. En la práctica eran utilizadas como bienes comunales de realizar en ellas usos libres, discrecionales y gratuitos. En cuanto a su dedicación, la mayor parte de esas 120.000 hectáreas eran tierras poco o nada aptas para el cultivo, susceptibles tan sólo de aprovechamientos pastoriles o forestales.

Así, los baldíos, en especial los de las serranías ibéricas de Urbión y Cebollera, constituyeron durante muchos siglos la base de la ganadería trashumante soriana. Producían buenas hierbas, pero sólo estacionalmente, entre la primavera y el otoño, de modo que la única forma de aprovecharlos a gran escala era desplazar el ganado hacia el sur cuanto llegaban la nieve y el hielo. De esta forma, a mediados del siglo XVIII llegó a haber en la Tierra de Soria más de 280.000 cabezas de ganado lanar trashumante, ovejas merinas que invernaban en Extremadura, Andalucía o Castilla la Nueva.

La principal utilidad de estos rebaños trashumantes radicaba en la producción de grandes cantidades de lana fina, de alta calidad y muy demandada por la industrial textil europea; lana que, por lo tanto, se dirigía, casi en su totalidad, a la exportación. Los pastos comunes de Ciudad y Tierra alimentaban, así, un próspero negocio que enriqueció a la nobleza soriana. No hay exageración alguna en afirmar que el palacio de los Condes de Gómara y otras muchas casonas nobiliarias de la ciudad o de pueblos como Castilfrío y Vinuesa son fruto de los cuantiosos beneficios generados por la lana merina.

En estas condiciones, no es de extrañar que el componente más apreciado y valioso del enorme patrimonio que compartían todos los vecinos de Ciudad y Tierra fueran los pastos, en tanto que, en comparación con ellos, los aprovechamientos forestales tenían una importancia muy secundaria. La leña y la madera servían ante todo para cubrir necesidades puramente domésticas: la primera como combustible para los hogares y la segunda como materia prima para la construcción o la elaboración de aperos de labranza y enseres domésticos. Lo mismo ocurría con el fruto de los árboles, la caza y la pesca. No se trata de menospreciar el valor económico de los esquilmos que se obtenían del monte. Bien al contrario, eran esenciales para el sostén y el funcionamiento de las economías campesinas. Pero esa producción, como raramente pasaba por el mercado, no permitía la acumulación de beneficios: cada vecino se proveía en el monte, directa y personalmente, de lo que necesitaba, sin coste alguno para él y al margen de cualquier transacción comercial.

Sólo en el ángulo noroeste de la Tierra, los pinares habían contribuido al alumbramiento de una actividad económica específica: la carretería. Pero aunque aquí los montes realengos -piénsese en Pinar Grande– eran muy importantes, lo cierto es que los pueblos también contaban con sus propios montes concejiles, en los que se surtían primariamente de la madera necesaria para la construcción de las carretas, con las que trabajaban como transportistas por todo el reino, o para la elaboración de gamellas, artesas y otros útiles que comercializaban en Soria o en otros pueblos de la Tierra.

Montes comunales (Soria-Mancomunidad 150 Pueblos) en la zona de Pinares (mapa de J.Mª. Bachiller)

Montes comunales (Soria-Mancomunidad 150 Pueblos) en la zona de Pinares (mapa de J.Mª. Bachiller)

Por otro lado, los grandes montes comunes de Ciudad y Tierra quedaban demasiado lejos de los pueblos en los que la leña y la madera escaseaba, como ocurría en algunos del Campo de Gómara, donde la falta de leña obligaba -al decir de Loperráez- a utilizar como combustibles la paja o los tomillos. Es decir, la ubicación de los grandes montes comunes –concentrados en el ángulo noroeste de la jurisdicción- los hacía poco útiles para la mayoría de los vecinos de la tierra. Para unos por su excesiva lejanía, para otros, los de los pueblos más próximos, porque contaban con sus propios montes concejiles, dotados del mismo tipo de arbolado.

En estas condiciones, la explotación a gran escala de los montes comunes de Ciudad y Tierra dependía de la existencia de una demanda exterior dispuesta a asumir los elevados costes del transporte de la madera. Ese mercado alcanzó cierta entidad en el siglo XVIII. En efecto, Madrid, como sede de la Corte y centro del poder político de Castilla, experimentó un rápido crecimiento demográfico que disparó la demanda de madera para la construcción. Tenemos indicios de que, al menos en parte, dicho mercado fue abastecido con madera procedente de los grandes montes de Ciudad y Tierra. Pero son sólo indicios, porque dicha explotación hubo de ser clandestina.

La razón es que coincidiendo con el desarrollo de dicho mercado para la madera soriana, la Corona, empeñada en reforzar la flota nacional, dictó, en 1748, una reales ordenanzas, en virtud de las cuales todos los montes quedaron bajo la jurisdicción de la Marina, con objeto de garantizar el suministro de madera a los astilleros. Aunque la Junta de la Universidad de la Tierra consiguió atemperar las limitaciones de estas ordenanzas en lo relativo a aprovechamientos domésticos en los montes comunes, a partir de ese momento, la explotación maderera quedó -al menos sobre el papel- severamente fiscalizada. Y en buena parte se desenvolvió en la ilegalidad. Aunque sin grandes consecuencias, dada la limitada capacidad represiva del Estado en el siglo XVIII.

De esas cortas clandestinas e ilegales, el monte que más se resintió fue el Pinar de Soria, como entonces se denominaba a Pinar Grande. Las destrucciones se vieron facilitadas por el deficiente sistema de guardería que regía en los montes comunes, a cargo de los montaneros o caballeros de sierra, dependientes del Ayuntamiento de Soria, quienes si por un lado, abusando de su autoridad, extorsionaban a los vecinos de la Tierra, por otro eran fácilmente corrompidos por los interesados en la tala y la extracción de madera. Las quejas y denuncias de la Junta de la Universidad de la Tierra al Ayuntamiento de Soria acerca de la situación de Pinar Grande, sometido a una explotación anárquica y abusiva, fueron continuas durante toda la segunda mitad del siglo XVIII.

Esta primera y larga etapa de la historia del patrimonio común de la Tierra de Soria se habría caracterizado por: a) el predominio absoluto de los aprovechamientos pastoriles frente a los forestales, y b) el carácter comunal, directo, libre y gratuito, de dichos aprovechamientos (salvo en lo relativo a la madera a partir de la promulgación de las Ordenanzas de 1748).

En esta época el patrimonio común de Ciudad y Tierra apenas generaba ingreso monetario alguno a la Junta de la Universidad, ni al Ayuntamiento de Soria, ni, mucho menos, a los concejos de los pueblos. Sólo a finales del siglo XVIII, la Junta de la Tierra y Ayuntamiento de la capital decidieron acotar algunos “quintos” en los baldíos de las sierras con objeto de arrendar sus pastos, durante el verano, a los ganaderos trashumantes. Pero estos arrendamientos no sólo fueron muy tardíos (comenzaron en 1798) sino que tuvieron un carácter claramente excepcional.

Lo que caracterizó tradicionalmente al patrimonio colectivo de Ciudad y Tierra fue el aprovechamiento directo por parte de los vecinos. Lo cual, en apariencia, configuraba un sistema extraordinariamente igualitario. En realidad no era así. Había dos importantes factores de discriminación real. Primero, la proximidad o lejanía de los distintos pueblos a los espacios comunes, que facilitaba o entorpecía el acceso a los mismos y, segundo, dado que el aprovechamiento más valioso que podía hacerse en dichos espacios comunes era el pastoril, la desigual distribución de la propiedad del ganado, en especial del trashumante. El derecho, que a todos alcanzaba, a hacer uso gratuito de los pastos, era útil sobre todo para los grandes ganaderos.

Así, el conde de Gómara, por sí solo, obtenía del patrimonio común, que le permitía alimentar a sus grandes rebaños de ovejas durante el verano, beneficios muy superiores a los que podían obtener, conjuntamente, varios cientos de vecinos de la Tierra. El aprovechamiento directo, lejos de ser equitativo, favorecía a los más acomodados. En 1798, los pastos estivales de toda la sierra de Cebollera estaban copados por los rebaños del marqués de Vadillo.

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