Música en Soria
Soria, pionera de las Capillas Vecinales de Música a finales del siglo XVI
Bien podemos calificar de Capilla Vecinal de Música a la pionera agrupación musical municipal creada por el corregidor de Soria Joaquín Castillo de Bobadilla (1574-1584) y que recomendaba instituir en las ciudades, como así podemos leerlo en el tomo segundo de su best-seller “La Política para Corregidores y Señores de Vasallos, en tiempo de paz, y de guerra…” , publicada en 1597 y que tuvo numerosas reediciones en los siglos XVII y XVIII. Esta obra fue un manual de referencia para corregidores, alcaldes y concejales durante más de dos siglos (de 1597 a 1833). Y esto es lo que cuenta respecto a la susodicha Capilla Vecinal de Música.
Otras curiosidades sorianas
Jerónimo Castillo de Bobadilla (Medina del Campo, 1547-1605), según leemos en internet “fue un hidalgo castellano que eligió labrarse un porvenir en el campo de las letras y convertirse en funcionario real. Descartó las dos otras alternativas: la carrera militar o la religiosa. Se licenció en Derecho en la Universidad de Salamanca (1568). Fue nombrado Teniente de Corregidor de Badajoz (1568) y Corregidor de Soria (1574) y de Guadalajara (1585), tras lo cual ejerció de abogado (1590) y letrado de las Cortes (1592) y Fiscal de la Chancillería de Valladolid (1602)”.
A sus 27 años, por tanto, fue nombrado Corregidor de la Ciudad de Soria y en los dos tomos de su obra magna describe algunas curiosidades sorianas. Así, por ejemplo, señala que “en las casas de Juan de Barrionuevo en la Ciudad de Soria se dan trescientas anegas de pan cocido cada año en los meses de marzo, abril y mayo” a los pobres.
Y nos dice lo que cobraba: “El Corregidor de la Ciudad de Soria tiene de salario treinta mil maravedís, pagándolos las Aldeas de la Martiniega, y treinta mil maravedís de ayuda de costa, pagados en penas de Cámara por el Receptor General de la Corte, y tiene las décimas, hasta quatro reales y catorce maravedís”.
Testimonia que era invitado por su cargo de Corregidor en diversas comidas: “quando se junta el Común, o en las comidas que suelen dar los Procuradores de Cortes, quando son elegidos, o los Regidores, quando son admitidos, y se junta el Regimiento, como se usa en la dicha Ciudad de Soria”.
Interesante es la denominación que tenían entonces las fiestas sanjuaneras como “fiestas de los Novillos” cuando describe la costumbre de los cofrades o parroquianos de aportar dinero para fiestas diversas: “… y en la Ciudad de Soria en la extraordinaria, y antigua, y casi bárbara manera de fiesta, que llaman de los Novillos”. Festejos populares vecinales que debían proteger los Corregidores: “Y estas Cofradías, y sus fiestas no deben reprobarse, ni desfavorecerse, porque son un vínculo de amistad, e igualmente entre los Vecinos…”
También nos aporta algunos datos sobre la guarda de los montes de Soria y su Tierra, “donde ninguno puede ser Guarda de los montes si no es Hijodalgo, y de los doce linajes de aquella Ciudad”.
Nos informa de una afrenta que sufrió el Teniente de Corregidor pues le cortaron las orejas a su mula, “lo qual costó hartos tormentos y trabajos a personas que yo conocí”.
Indica así mismo que el Corregimiento de Soria “aprobó los tormentos, que siendo allí Corregidor, hice dar por la sumaria información a Sarasola y a otros seis vandoleros y salteadores famosos, que con industria saqué de Aragón y Navarra, de los quales allí hice justicia el año de setenta y tres”.
Aporta también varias informaciones sobre la cárcel de Soria: “En la Ciudad de Soria, cuya cárcel general es de los obispados de Calahorra, Osma, Sigüenza, Pamplona y del Arzobispado de Burgos y del reino de Navarra, se asentó en el timepo que yo fui Corregidor, el orden, y tasa en los gastsos de galeotes en esta manera: A cada galeote, estando en la Carcel, se daban veinte y seis maravedis para su comida, y un real caminando, y hacialos confesar y comulgar para la partida, y dabanse zapatos a los necesitados de ellos. Pagábase salario al Médico y Cirujano que los curaba y examinaba antes de ser recibidos en la Cárcel, si eran mancos o quebrados o tenían desmayo o otra imposibilidad o dificultad para remar. Pagábase al herrero el aherrojarlos. Pagabanse quatrocientos maravedis cada dia de ía y buelta a un Alguacil, que llevada doce galeotes, dando fianzas de entregarlos, y a cada una de seis guardas (que también daban fianzas de hace fiel custodia) quatro reales cada día, y lo que costaba un hombre y una acémila, para llevar el vagage y traher las prisiones: y dabanse cinquenta reales al Alguacil para vagages de galeotes cansados y enfermos y para lumbre y otros gastos extraordinarios, de que a la buelta daba quenta….”
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