Sancho IV

Sancho IV en Soria durante mayo de 1288 (Parte 2ª)

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Las dos bodas de Sancho IV

En 1272 Alfonso X designa a su hijo Sancho como alférez y almirante de la recién creada Orden Militar de Santa María de España. Así mismo obliga a Sancho (nacido en 1258) a aceptar casarse con Guillerma de Montcada, hija del vizconde Gastón VII de Bearne (y señor de Montcada y Castellvel) que estaba emparentado con el linaje de los Haro, señores de Vizcaya. Al parecer la boda tuvo lugar el 4 de abril en Burgos pero sin presencia de la novia, esto es, mediante procurador, e historiadores hay que niegan que viniera a Castilla y que convivieran una sola noche; o sea, que el vizconde jamás “entregó” a su hija Guillerma a Sancho.

¿Qué tipo de esponsales fueron entonces? Según E. Jaffé y J.  Finke, eran “esponsales de futuro” que no constituían en sí mismos un matrimonio real y que era admitido por el derecho canónico, como sucediera en 1291 con los esponsales, celebrados en Soria, entre la innfanta Isabel (hija de Sancho IV) y Jaime II de Aragón, como ya hemos referido en Bodas regias en Soria (3): Jaime II de Aragón e Isabel de Castilla y Pactos de Monteagudo-Soria.. Era un tipo de esponsales que podían quebrarse o anularse por diversos motivos.

Ahora bien, dados los impedimentos y contrariedades que le causaron a Sancho IV estos esponsales el resto de su vida, historiadores  hay que se inclinan a que fueron esponsales “de palabra y presente”, de consentimiento mutuo, cual verdadero matrimonio en términos canónicos, religiosos, pese a que no hubiera “copula carnalis”. Y según  señala Marcos Pous, “a pesar de este vínculo, si el matrimonio no se consumaba había una cierta y remota posibilidad  de disolución por vía pontificia, mediando graves causas; posibilidad en la confiaba Sancho IV años después” (“Los dos matrimonios de Sancho IV” , en Cuadernos de trabajos de la Escuela Española de Arqueología e Historia en Roma, nº 8, 1956).

Sancho IV no tuvo convivencia alguna con Guillerma de Montcada, pero si la tendría con María Alfonso de Meneses, viuda de Juan García, señor de Ucero (Soria) y de ahí que se la conozca como María de Ucero, que tomó hábito santiaguista en 1327, y  con la que tuvo como mínimo a una hija, Violante o Yolanda (a la que el papado apoyó como heredera del señorío de Ucero frente al obispo de Osma Juan Pérez de Ascarón), y según algunos genealogistas también a Teresa Sánchez que se casaría con Juan Alfonso Téllez de Meneses, quien se rebelaría contra Sancho IV.

Pues bien, María de Ucero era prima segunda de María Alfonso de Meneses (María de Molina), segunda esposa de Sancho IV, cuya boda se celebró en Toledo en junio de 1282 en la catedral de Toledo, y que había sido la “madre de pila” (madrina de bautismo) de Violante Sánchez de Ucero, lo cual era un agravante más para que el matrimonio de María de Molina con Sancho IV fuese canónico debido  a este “parentesco espiritual”.

El papado no dio su “aprobación” a este matrimonio dado el grado de consanguinidad existente entre María de Molina y Sancho IV, aparte de que seguían vigentes los esponsales “verba de praesenti” con Guillerma de Montcada, pariente de Lope Díaz III de Haro, octavo señor de Vizcaya y cuñado de Sancho IV al haberse casado con su hermana Juana en 1269 tras raptarla -se cuenta- del convento en el que estaba. La consanguinidad era de tercer grado al ser María de Molina hija de un hermano de Fernando III, abuelo paterno de Sancho IV. Así que el papa Martín IV, por todo ello,  al no separarse como solicitaba, excomulga a Sancho IV y a María de Molina junto a otras sanciones canónicas, y, por consiguiente su linaje convertía a su futuro linaje como ilegítimo. Sancho IV intentó por todos los medios que el papado le diera la dispensa para legitimar su matrimonio con María de Molina y linaje, e incluso, al no conseguirlo, logró que se falsificara una bula en tal sentido, con fecha de 25 de marzo de 1292.  Finalmente, en una bula papal de Bonifacio VIII el 8 de septiembre de 1301, se legitima al linaje al reconocer los méritos de la vida virtuosa de María de Molina; bula que fue, por tannto, muy perjudicial para los intereses políticos de los infantes de la Cerda en su aspiración a ostentar la corona de Castilla.

 

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